Ley Orgánica de Educación (LOE).

TITULO PRELIMINAR

CAPÍTULO I

Principios y fines de la educación

Artículo 1.  Principios.

n) El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.

ARTICULO 2. FINES

 

f) El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedo

 

CAPITULO III

ARTICULO 6 CURRICULO

6)  establecer currículos mixtos de enseñanzas del sistema educativo español y de otros sistemas educativos, conducentes a los títulos respectivos

 

CAPÍTULO II

Educación primaria

Artículo 17.  Objetivos de la educación primaria

i) Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje, de las tecnologías de la información y la comunicación desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciben y elaboran.

 

CAPÍTULO IV

Bachillerato

Artículo 33.  Objetivo

g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información y la comunicación.

 

TÍTULO VIII

Recursos económicos.

Artículo 157.  Recursos para la mejora de los aprendizajes y apoyo al profesorado

f) El establecimiento de programas de refuerzo del aprendizaje de las tecnologías de la información y la comunicación.