Ley Orgánica de Educación (LOE).
TITULO PRELIMINAR
CAPÍTULO I
Principios y fines de la educación
Artículo 1. Principios.
n) El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.
ARTICULO 2. FINES
f) El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedo
CAPITULO III
ARTICULO 6 CURRICULO
6) establecer currículos mixtos de enseñanzas del sistema educativo español y de otros sistemas educativos, conducentes a los títulos respectivos
CAPÍTULO II
Educación primaria
Artículo 17. Objetivos de la educación primaria
i) Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje, de las tecnologías de la información y la comunicación desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciben y elaboran.
CAPÍTULO IV
Bachillerato
Artículo 33. Objetivo
g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información y la comunicación.
TÍTULO VIII
Recursos económicos.
Artículo 157. Recursos para la mejora de los aprendizajes y apoyo al profesorado
f) El establecimiento de programas de refuerzo del aprendizaje de las tecnologías de la información y la comunicación.